La nueva Ley Antifraude o Fraude Fiscal incorpora novedades que afectan al software de contabilidad, facturación y gestión de las empresas.
¿Sabes qué características debe cumplir tu software?
Te damos las claves en este artículo.
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ToggleLEY 11/2021 O LEY ANTIFRAUDE
La Ley 11/2021, o Ley Antifraude, busca poner cerco al software de doble uso, aquel que permite llevar una facturación paralela a la oficial.
Para ello, los programas de contabilidad y facturación tendrán que estar certificados y sus registros deberán ajustarse a una serie de especificaciones.
Nuevos requisitos del Software Antifraude
El software debe cumplir los siguientes criterios:
- Integridad.
- Conservación.
- Accesibilidad.
- Legibilidad.
- Trazabilidad.
- Inalterabilidad.
O dicho de otro modo, los programas no deben permitir las omisiones o alteraciones de los registros, así como su destrucción.
Sanciones a desarrolladores y comercializadores
Las sanciones finales no se conocerán hasta la publicación del reglamento, donde se desarrollarán los detalles.
De momento, constituirán una infracción con sanciones de hasta 50.000 euros:
- La mera tenencia o comercialización de un sistema o programa que no esté certificado.
- La alteración de un programa que sí haya sido certificado.
En general, se prohíben los programas que permiten llevar una contabilidad y una facturación oficial, y otra paralela.
Por eso, es importante que tu software de gestión cumpla las especificaciones técnicas descritas por la Ley Antifraude y se ajuste a todas sus novedades.
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