El pasado 2 de abril dio comienzo la Campaña de Renta 2018 y os damos las fechas claves de este año así como las principales novedades.
CALENDARIO
Martes, 2 de abril – Presentación de las declaraciones por medios electrónicos
A partir de esta fecha, se pueden realizar la presentación de la declaración de la renta por internet , así como para aquellos contribuyentes que deseen realizar por teléfono la declaración de Renta. Se podrán presentar hasta el 1 de julio a las 24 horas.
Jueves, 9 de mayo – Solicitud de cita previa para atención en las oficinas
Empieza el periodo de petición de cita previa para confección de declaraciones de Renta en las oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras (hasta el 28 de junio). Se puede pedir por internet, por la app Agencia Tributaria o por teléfono (atención personalizada) en los números 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (lunes a viernes de 9 a 19h).
Martes, 14 de mayo – Inicio de presentación presencial en oficinas
Los contribuyentes que opten por la presentación presencial en entidades colaboradoras, comunidades autónomas y oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2018 está prevista que se pueda realizar a partir del 14 de mayo y hasta el 1 de julio. Es necesario concertar cita previa por internet o por teléfono.
Miércoles, 26 de junio – fecha límite para la domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar
Termina la campaña en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
Viernes, 28 de junio – Último día para pedir cita previa en las oficinas
Acaba el plazo para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficina.
Lunes, 1 de julio – Último día para presentar declaraciones de la Renta
Esta es la fecha límite para presentar la declaración de la renta 2018.
NOVEDADES 2018
1. Eliminación de la predeclaración de la Renta para evitar posibles errores que puedan provocar retrasos, pero, si se podrá imprimir una vista del borrador en caso de querer consultarlo.
2. Incorporación de la exención de las retenciones de prestaciones de maternidad y paternidad: estarán exentas de tributar las prestaciones por maternidad y paternidad.
3. Se amplía la deducción por familia numerosa, hasta 600 euros anuales, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, entre otras.
4. Nuevas casillas, el modelo de declaración incluirá dos nuevas casillas para reflejar los gastos de suministros y manutención fiscalmente deducibles.
Fuente: Cinco Días