Cómo aplicar el Impuesto al plástico no reutilizable en Sage 50

En el anterior artículo de blog ya explicamos en qué consiste la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

Por lo que creemos de interés contaros también cómo reflejar este nuevo Impuesto al Plástico No Reutilizable en los diferentes programas, como Sage 50.

En este artículo os explicaremos como introducirlo en la operativa propia de Sage 50 para su correcta aplicación.

 

ASPECTOS GENERALES DE LA LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

¿Cuándo ha entrado en vigor?

A modo de resumen, recordamos que este impuesto ha sido aprobado en abril pero ha entrado en vigor el 1 de enero del año 2023.

¿Quién debe hacerlo frente?

Recaerá en la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases con plástico que no se ha reutilizable, ya estén vacíos o conteniendo algún producto (en el caso de que estén compuestos por varios materiales).

¿Cómo se calcula?

Se grabarán por la cantidad de plástico que contengan.

Se fija un tipo impositivo de 0,45 euros por kilogramo de plástico no reciclado certificado por una entidad acreditada.

¿Qué excepciones están exentas de este impuesto?

Deja fuera los envases destinados a usos médicos especiales (por ejemplo, preparados para lactantes de uso hospitalario, residuos peligrosos de origen sanitario, medicamentos…) Tampoco se abonará por los rollos de plástico para ensilados de uso agrícola. Esto se refiere a que la mayoría de los intercambios con plástico no pues estarán grabados por este impuesto.

 

CÓMO APLICAR EL IMPUESTO EN SAGE 50

Crear familia de Impuesto

Lo primero que debemos hacer, antes de crear el artículo que haga referencia al Impuesto, es crear la familia del artículo a la que le asignaremos.

Esta familia la crearemos únicamente para este impuesto, por lo que le asignaremos las cuentas de compra y venta a la que queremos que nos contabilicen los movimientos:

Crear Artículo Impuesto de plástico no reutilizable

Posteriormente, crearemos el artículo del Impuesto desde el módulo de Ventas/Artículos/Nuevo y completaremos:

  • Código: Ponemos el código del artículo que luego se imprimirá en la factura.
  • Nombre: Por el cual le identificaremos y aparecerá en la factura (En nuestro caso: IMPUESTO DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS)
  • Familia: Se busca la familia del impuesto que hemos creado anteriormente (IR)
  • Tipo de IVA: Se indica el correspondiente al 21 %.

Así como en la pestaña de Tarifas, indicaremos el precio de 0,45 en todas ellas, por lo menos en las que sean manuales y por defecto:

Aunque también podremos indicar ese 0.45 en el precio del artículo del impuesto insertado en la pestaña de Escandallo del propio artículo de plástico no reutilizable:

También marcaremos las opciones de:

  • Desglose: para que nos lo incluya tanto el artículo de la botella de plástico como su impuesto de residuos y suelos contaminados siempre que hagamos una factura.
  • En Documentos: Venta y producción.
  • Tipo de desglose: Indicamos que “Ambos precios”, ya que que queremos ver tanto las unidades y el precio de la botella de plástico para que nos calcule el importe de la mercancía, como los kilos de la mercancía y el importe que es la tasa el impuesto.

Su producto será la cuota que tenemos que pagar que se nos añadirá a la factura.

Además, en la pestaña de Stock del artículo plástico le indicamos que «No tenga en cuenta el stock»:

 

EJEMPLO PRÁCTICO

Partiremos de la creación de un albarán de venta desde el módulo de Ventas/Documentos/Albarán/Nuevo (Punto 1) e insertaremos:

  • Cliente (Punto 2)
  • Artículo de la Botella de Plástico (Punto 3) Como hemos incluido el artículo del impuesto en el escandallo le incluye automáticamente.
  • Unidades del artículo de la botella (Punto 4), para calcular el coste total de la mercancía.
  • Unidades del artículo del impuesto (Punto 5), que corresponde a los kgs totales de la mercancía.

Finalmente marcaremos daremos a “Facturar” para procesar el albarán a factura:

Tras contabilizar la factura lo primero que nos hará será crearnos la previsión de cobro de los 822,20 €, así como los asientos contables:

 

 

DECLARACIÓN DEL IMPUESTO

Una vez que tenemos la factura contabilizada, deberemos realizar la de declaración de este impuesto para que para que Hacienda lo recaude.

En principio todavía no está terminado el reglamento de la Ley. Aun quedan algunas cosas por pulir, por lo tanto, este modelo no existe todavía en Sage 50 como tal.

Sin embargo, podremos extraer un listado de ventas para ver todos los movimientos que hemos realizado de este Impuesto a través del módulo de Ventas/Listados/Listado de Ventas por cliente/artículo y filtrar por artículo: el impuesto creado:

Tras dar a “Aceptar” nos aparecerá toda la información relevante: Fecha, Unidades (Kgs), precio fijo de 0.45 €, factura y cuota final que deberemos declarar a Hacienda:

 

¿Te has perdido algún paso?

Sigue el procedimiento a través de este VIDEO:

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