Requisitos de la nueva normativa de la Ley Antifraude

La Ley Antifraude implica cambios en los procesos de facturación de todas las empresas, con el fin de conseguir la transparencia legal ante la Administración Pública.

¿Qué debo hacer para estar actualizado a la Ley Antifraude?

No te pierdas este artículo, ¡Te lo contamos!

NUEVA NORMATIVA

Los medios de comunicación están hablando de las nuevas obligaciones en materia de facturación que vamos a tener todos los empresarios, ya sean autónomos o profesionales, tras la aplicación de la Ley Antifraude.

Marco temporal

No existe un registro temporal exacto sobre cuándo las empresas empezaron a emitir facturas, lo que sí que podemos decir a ciencia cierta es que se ha ido desarrollando, evolucionando y modernizando a lo largo del tiempo ayudado por un lado por el avance de la tecnología, y por otro lado, con los cambios de las leyes fiscales.

Requisitos programa de gestión

Uno de los grandes cambios que se van a producir en materia legal viene de la mano de la Administración Tributaria, estableciendo unos requisitos fundamentales que deben de reunir los programas de facturación, de forma que se realice el proceso con las debidas garantías de seguridad, tanto jurídicas como técnicas.

Nos encontramos en un momento de transformación digital que afectarán a todas la empresas de España, tanto profesionales como autónomos. Esta transformación se llevará a cabo en 3 fases:

FASE 1: Programas de emisión de facturación

En Octubre del 2021 entró en vigor los requisitos fundamentales que han de reunir los programas de gestión empresarial contenidos en la Ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal, que hasta el momento no se cumplían. La finalidad de esta ley es perseguir la supresión de la utilización de software de doble uso por parte de las empresas.

Los requisitos que deben seguir los programas de gestión son:

  • Integridad: Garantizar la integridad de la información para que los datos permanezcan intactos y que se puedan localizar y rescatar donde estén almacenados.
  • Conservación: Cumplir con los requisitos contables, al menos durante el periodo de prescripción de los impuestos (4 años).
  • Accesibilidad: Configurar la accesibilidad a la información, controlando qué usuario accede al programa.
  • Legibilidad: La necesidad de una legibilidad de los datos para que estos puedan transferirse en un formato estándar y para que pueda ser leído por todos (bancos, asesores, Hacienda…)
  • Trazabilidad: Debe generar una trazabilidad de las operaciones realizadas, de tal manera que la información de las facturas coincida con la información contable de las mismas.
  • Inalterabilidad: No debe permitir que los registros generados puedan eliminarse o modificarse.
FASE 2: Requisitos adicionales relativos a la facturación

Debería haber comenzado, pero lo cierto es que se está demorando algo más de lo previsto. Ésta comenzará con la aprobación de un reglamento parcial de la anterior Ley que está centrado en aspectos relativos a la facturación. Es decir, que los programas que utilicen las empresas para facturar deberán cumplir alguno de los requisitos adicionales. Y además, tendrán que llevar a efecto nuevas formalidades a la hora de gestionar las facturas.

FASE 3: Factura electrónica

Esta última fase obligará a las empresas a introducir la factura electrónica en todas las operaciones que se realicen. Esta nueva obligación ya ha sido introducida por la aprobación de la Ley 18/2022, conocida como la Ley Crea y Crece. Su desarrollo reglamentario se producirá previsiblemente a finales del mes de Marzo del 2024.

La finalidad que se busca es delimitar el concepto de factura electrónica a efecto de las operaciones para las empresas, ya que definirá el formato del fichero que se debe utilizar. Pondrá fin al formato PDF que se envía actualmente por email.

 

Para su tranquilidad, decirle que todas estas obligaciones recaen sobre los desarrolladores de Software.

Por lo que, si ya dispone de Software, le recomendamos que contacte con su proveedor para asegurarse de que cumple con los nuevos requerimientos.

Y si por el contrario aun no dispone de un software o quiere garantizarse el cumplimiento de las exigencias de la nueva Ley Antifraude, elige Sage y preocúpese solo de facturar y de hacer crecer a su negocio.

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